En Sakura Expedition suscribimos el Código de Conducta contra la ESNNA aprobado por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR).

Compromiso contra la ESNNA

Tolerancia cero a la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes en el turismo.Es una condición de trabajo para todo nuestro equipo, nuestros guías y cada proveedor con el que operamos.

¿Qué es la ESNNA?

ESNNA significa Explotación Sexual de Niñas, Niños y Adolescentes. Ocurre cuando se utiliza el cuerpo de una persona menor de 18 años con fines sexuales, eróticos o pornográficos a cambio de dinero, de una promesa de pago o de cualquier otro beneficio: comida, ropa, alojamiento, un celular, un favor.

Es una forma de violencia sexual y una vulneración grave de derechos fundamentales. En el Perú es un delito, y quien lo comete o lo facilita enfrenta penas privativas de la libertad.

Nunca es consentimiento. Ninguna niña, niño o adolescente puede consentir su propia explotación. La edad, la necesidad económica o la apariencia física no cambian eso. Frases como "ya está grande" o "ella quiso" son parte del problema, no una excusa.

En Sakura Expedition declaramos que:

Rechazamos toda forma de explotación sexual de niñas, niños y adolescentes, en el Perú y en el mundo, y de manera especial la vinculada a los viajes y al turismo.

No promovemos ni permitimos la ESNNA ni ningún otro ilícito penal del que tomemos conocimiento en el desarrollo de nuestra actividad, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 29408, Ley General de Turismo.

Advertimos a todo viajero, nacional o extranjero, que solicitar o mantener actividad sexual con una persona menor de 18 años en el Perú es un delito grave, perseguido penalmente, sin importar la nacionalidad de quien lo cometa.

Cómo cumplimos este compromiso

1. Capacitación de todo el equipo

Nuestro personal administrativo, de ventas y de operaciones (guías, cocineros, conductores, porteadores y arrieros) recibe formación sobre qué es la ESNNA, cómo identificar señales de alerta y qué hacer ante una sospecha.

2. Compromiso exigible a proveedores

Hoteles, hospedajes, transportistas, restaurantes, guías independientes y emprendimientos de turismo rural comunitario que trabajan con nosotros conocen y aceptan esta política. El incumplimiento es causal de término de la relación comercial.

3. Publicidad y promoción limpias

Ningún material nuestro, web, redes ni itinerarioscontiene, de forma expresa o encubierta, ofertas o alusiones a servicios sexuales.

4. Información al viajero

Comunicamos a nuestros pasajeros las consecuencias legales de la ESNNA en el Perú, mediante esta página y nuestros documentos de viaje.

5. Deber de denuncia

Denunciar no es opcional para nosotros. Cualquier integrante del equipo que tome conocimiento de un hecho o sospecha fundada está obligado a reportarlo, con la garantía de que no habrá represalia alguna por hacerlo.

Marco legal

  • Ley N° 29408 — Ley General de Turismo, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 003-2010-MINCETUR. Establece la competencia del MINCETUR para prevenir y combatir la ESNNA en el turismo (art. 44 de la Ley), la posibilidad de suscribir códigos de conducta (art. 41 del Reglamento) y la obligación de los prestadores de comunicar y difundir las normas sobre prevención y sanción de la ESNNA (art. 43 de la Ley).
  • Resolución Ministerial N° 430-2018-MINCETUR. Aprueba el "Código de Conducta Contra la Explotación Sexual de Niñas, Niños y Adolescentes (ESNNA) en el Ámbito del Turismo para Prestadores de Servicios Turísticos" y la Declaración Jurada de suscripción obligatoria.
  • Ley N° 30802. Establece condiciones para el ingreso de niñas, niños y adolescentes a establecimientos de hospedaje, a fin de garantizar su protección e integridad.
  • Ley N° 30963. Modifica el Código Penal respecto de las sanciones del delito de explotación sexual en sus diversas modalidades y delitos conexos, con énfasis especial en la protección de niñas, niños, adolescentes y mujeres.
  • Ley N° 28251. Incorpora al Código Penal los delitos de usuario-cliente y de explotación sexual de niñas, niños y adolescentes en el ámbito del turismo.
  • Convención sobre los Derechos del Niño (ONU) y Código Ético Mundial para el Turismo (OMT).

El turismo que queremos

Viajar por Cusco y el Perú debe generar un impacto positivo en las personas, las comunidades y los lugares que visitamos. Creemos en un turismo responsable, respetuoso y comprometido con la protección de quienes forman parte de nuestro destino, especialmente de niñas, niños y adolescentes.

Cualquier forma de explotación o violencia contra ellos no tiene lugar en el turismo. No es una experiencia, no es una práctica cultural: es un delito.

Este compromiso no depende de una inspección o una certificación. En Sakura Expedition lo asumimos cada día, en cada servicio que ofrecemos y en cada decisión que tomamos como empresa.